Bonificaciones para cursos de francés
Mejoramos la accesibilidad a la formación con la posibilidad de bonificar nuestros cursos y talleres
Los alumnos de la Alianza Francesa de Málaga podrán, de acuerdo con las empresas para las que trabajen, bonificar su formación en francés, siempre respetando los criterios de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Esta bonificación es válida tanto para nuestros cursos de francés del nivel A1 al C2 como para nuestros talleres de preparación a los exámenes y en todas las modalidades propuestas por nuestra Alianza: online, presencial o mixto.
Para más información puedes enviarnos un correo a info@afmalaga.com
¿Tienes dudas? Preguntas frecuentes
¿Qué son las bonificaciones?
Es una iniciativa creada para mejorar la capacitación profesional y desarrollo personal de los trabajadores, conseguir una mayor promoción e integración social de los trabajadores así como una mejora de la competitividad de las empresas, mediante la cual las empresas verán minimizados los costes de formación que ofrezcan a sus empleados.
El mecanismo es simple: todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores, fruto de las aportaciones realizadas por la empresa y los trabajadores a la Seguridad Social, por la contingencia de Formación Profesional. Cada empresa sea, cual sea su tamaño, actividad o ubicación puede elegir qué formación quiere hacer, el único requisito es que esta formación tenga una relación directa con la actividad de la empresa.
La empresa deberá abonar antes del inicio de la clase el importe del curso (descuentos de la Alianza no aplicables para la bonificación). La bonificación que le corresponda a la empresa una vez realizada la formación (nunca antes), será restada de los pagos que esta realiza a la Seguridad Social a través de los seguros sociales que paga mensualmente.
Para tener derecho a la bonificación el alumno debe haber cubierto al menos un 75% de asistencia a la formación.
¿Cuál es el crédito formativo para cada empresa?
Cada empresa dispone de un crédito anual para financiar las acciones formativas, en función de la cantidad ingresada como contingencia común en concepto de formación profesional durante el año anterior y la plantilla media de los trabajadores. Existe un crédito mínimo para las empresas que es de 420 euros anuales para formación.
¿Qué trabajadores se pueden beneficiar?
Todos aquellos que coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional, incluidos:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Fijos discontinuos periodo de no ocupación.
- Los que acceden a situación de desempleo cuando se encuentren en periodos formativos.
- Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
¿Qué trabajadores no se pueden beneficiar?
Todos aquellos que NO coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional:
- Autónomos.
- Trabajadores del mar.
- Personal al servicio de las administraciones públicas.
¿Qué empresas se pueden beneficiar?
Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
Las empresas deben estar al corriente con la Administración para poder acceder a las bonificaciones.